Nuestros Servicios

Entendemos el derecho como global, mostramos especial interés en:

DERECHO CIVIL

Derecho Civil Común: propiedad, contratos, arrendamientos, propiedad horizontal, responsabilidad.
Especializados en Derecho Español y Portugués.

DERECHO CIVIL DE GALICIA

De aplicación en toda la comunidad gallega. Comunidades de montes y de aguas; servidumbres y serventias; arrendamientos rústicos. Destacar la importancia de las actuaciones sobre montes vecinales y muy especialmente las ventajas que otorgan las normas sobre el régimen económico-familiar, las disposiciones testamentarias (posibilidad de testamento mancomunado)  y pactos sucesorios (apartaciones), las adjudicaciones y bienes y particiones hereditarias, incluso en aspectos fiscales.

DERECHO PENAL ECONÓMICO

Delitos informáticos, societarios, y relativos a los consumidores, fraude fiscal y de subvenciones, propiedad intelectual e industrial, etc.)

DERECHO MERCANTIL

Sociedades, Reclamaciones a Cías. de Seguros, intervenciones en responsabilidades en Grandes Riesgos.

DERECHO DE FAMILIA

Capacidad. Procesos sobre filiación, paternidad y maternidad; Relaciones paterno-filiales, ausencia, incapacitación, tutela. Separación Matrimonial y divorcio. Nulidades matrimoniales; Medidas previas, provisionales y definitivas y su modificación; Alimentos y pensiones compensatorias; Régimen económico-matrimonial y su liquidación; sucesiones; Herencias; Gestiones y redacción de convenios para soluciones de mutuo acuerdo.

INFORMACIÓN JURÍDICA

Posiblemente le conviene saber que:
1. El Derecho Civil gallego le facilita la transmisión de bienes em pago de derechos hereditarios en vida y la actual normativa fiscal para herencias declara exenciones que podria evitarle el impuesto de sucesiones.
2. Las Comunidades de propietarios carecen de personalidad jurídica, actuando como un régimen cualificado de bienes.
3. A la hora de contraer matrimonio deberá contemplar la conveniencia de otorgar capitulaciones matrimoniales de separación de bienes, cuyo régimen económico le puede solucionar muchos problemas a lo lago del matrimonio o su eventual disolución.
4. La obligación alimentaria a hijos mayores de edad no tiene carácter indefinido sino que se sujeta a límites como la falta de aprovechamiento académico imputable únicamente al alimentario, la desidia, el desinterés en encontrar o aceptar trabajo,tener posibilidades de obtener ingresos y no aprovecharla, etc. Produciría efectos desde la fecha de la sentencia.
5. Si solicita un crédito hipotecario será de su cuenta el gastos mas importante en su constitución, que es el impuesto de actos jurídicos documentados, siendo de cuenta del Banco en general el resto de los gastos que ocasiona el otorgamiento.
6. La falta de depósito de las cuentas anuales no determina por si sola la obligación de los administradores de responder por las deudas sociales.
7. El hecho de que el hijo tenga derecho a la percepción de alimentos a cargo del padre no puede considerarse como un título legitimador de la ocupación de la ocupación de la vivienda.
8. El hecho de que el padre, por razones laborales, tenga que pasar algún día fuera de su domicilio no impide la concesión de la custodia compartida
9. El TS considera delito poner la pegatina de la ITV en un coche que no la haya superado.

Nuestro Equipo

Nuestra agencia es un grupo de algunos de los mejores abogados de la industria.
Abogado Fundador
Nemesio es abogado senior y fundador de nuestros despachos.
Abogada USC
Elsa Quintas es una abogada Licencia en Derecho por la Universidad de Santiago e incorporada al Ilustre Colegio de Abogados de Vigo. También…
Abogada USC
Licenciatura de Ciencias Políticas y de la Administración: 2007 Certificado de Profesionalidad de Administrador de Personal: 2006 Curso de Contabilidad: 2016
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